SENTENCIA DEL 24-01-2002 SOBRE AMPARO
Se trata de una Accion de amparo interpuesta ante la sala constitucional por parte de la general motors de venezuela , con relacion a una sentencia dictada por un tribunal segundo de primera instancia en lo civil y mercantil de caracas , y cuyo expediente fue remitido en consulta al tribunal superior septimo en lo civil ,mercantil de caracas y este ratifico o confirmo la accion de amparo , intentado en este caso por cuanto se habian violado una serie de preceptos constitucionales .En primer lugar se violo el debido proceso es decir se violo el articulo 49 constitucional ,asi como el derecho a la defensa ,criterio sostenido y debidamente sustentado por el tribunal que conocio en consulta que fue el tribunal superior septimo en lo civil y mercantil de igual forma la decision dictada por este tribunal sostiene que de acuerdo a sentencia dictada por la sala constitucional de fecha 24 de enero de 2002 solo se limitaba a la modalidad de creditos otorgados por el sistema denominado CUOTAS BALON y no a los creditos otorgados por las entidades autorizadas por la LEY GENERAL DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS,De igual manera la sala constitucional otorgo amplias facultades al INDECU institucion facultada para esa epoca a justipreciar o determinar los intereses por cobrar en estos tipos de creditos ,Es importante aclarar que los elementos que conforman la accion de amparo es el accionante o persona agraviada o lesionada , asi mismo otro de los elementos que siempre tenemos presente es el tribunal o institucion publica o privada que lesione derecho alguno o que de alguna manera vulnere derechos o garantias ,de igual forma tiene que existir una causa sobre la cual se debe solicitar el amparo y el objeto sobre el cual recae la solicitud , todos estos elementos siempre estan presentes a la hora de acudir a una instancia judicial a solicitar o ejercer el derecho a la defensa y al debido proceso garantizados y previstos en el articulo 49 constitucional ademas previstos en los articulos 1,2,3,4,5 de la ley de amparo asi como en los demas articulos deesta ley en ese orden de ideas es significativo revisar que los requisitos existentes en la accion de amparo y que se encuentran presentes son la admisibilidad previstos en el articulo 6 de la ley de amparo , asi mismo la procedencia previsto en la misma ley una vez que se han llenado los requisitos de la admisibilidad y finalmente tenemos los requisitos exigidos por la sala constitucional del t.s.j. previstos y consagrados en el articulo 18 numerales 1,2,3,4,5y6 de la ley de amparo y garantias constitucionales .Todos estos elementos los encontramos presentes en la accion de amparo que siempre se intentan ante cualquier tribunal o institucion que menoscabe algun derecho infringido y se restituya todos los derechos y de esta manera alcansar la justicia que siempre anhelamos en estas dificiles situaciones , finalmente LA ACCION DE AMPARO se debe poner en accion una vez que se cumplan con los extremos exigidos a tal fin en estos casos como es la violacion al derecho a la defensa y al debido proceso consagrados en el articulo 49 constitucional y en la ley de amparo y garantias constitucionales . gracias