ENSAYO FINAL
LO
AGRARIO, LO AGRÍCOLA Y LO AGROALIMENTARIO
Lo Agrícola lo
agrario y lo Agroalimentario tienen que estar relacionados entre si, pero hay
productos agrícolas que no forman parte o no son agroalimentarios, tal como es
el caso de los productos agrícolas estrictamente los procedentes de la
explotación forestal. El Estado venezolano ha implementando una serie de
estrategias (principalmente de cooperación) para poder sentar las bases hacia
la seguridad y soberanía alimentaria, implementando políticas agrícolas como la
desconcentración de las tierras, el surgimiento de una base social organizada
como son: Consejo Campesino, consejos comunales, comunas, asociaciones de
productores, frente de campesinos, cooperativas y otras. Teniendo en cuenta los
legados fundamentales del Comandante Hugo Rafael Chávez Frías, principalmente
alcanzar nuestra soberanía agroalimentaria en la preservación de la vida en el
planeta y la salvación de la especie humana como forma por excelencia de
nuestra independencia nacional, convertir a Venezuela en un país potencia en lo
social y en lo económico tal cual como esta establecido en el Plan de la Patria. Es necesario
aclarar que el sector agroalimentario no escapa a las leyes de mercado, es
decir, las actividades organizacionales del sector deben obtener eficiencia y
el incremento de la productividad para garantizar con ello un margen de
ganancia que le permita subsistir y mejorar sus operaciones. No quiero decir
con esto que la finalidad del sector se limite a la producción de grandes
beneficios financieros, sino por el contrario, la eficiencia de las actividades
agroalimentarias de un país puede traducirse en el bienestar social a través
del acceso oportuno y equitativo de alimentos para toda la población de manera
sustentable.
DESARROLLO SUSTENTABLE
Entendemos por desarrollo sustentable a un proceso de
crecimiento de la Humanidad
con la mira puesta en el cuidado y la protección del medio ambiente. La noción
de desarrollo sustentable es muy reciente: surgió a fines del siglo XX como el
resultado de proyectos y exposiciones internacionales que analizaban el
desgaste y el abuso que el ser humano con su crecimiento económico, tecnológico
y social ha generado a lo largo del tiempo sobre el medio ambiente. Así, surge
este concepto novedoso que supone el poder mantener niveles de crecimiento y
desarrollo que beneficien a las diferentes regiones del globo pero que no
impliquen continuar con ese abuso medioambiental sino que, por el contrario, se
basen en el uso de energías renovables, en el reciclado de materiales que
puedan ser reutilizables,
En este documento están
proclamados los principios de conservación a través de los cuales se debe guiar
y juzgar todo acto del hombre que afecte a la naturaleza.
No puedo dejar de mencionar
la siguiente frase, la cual nos deja reflejado que debemos tomar conciencia
sobre la necesidad de proteger y cuidar el ambiente.
“El cambio climático es
ineludible pero la preparación humana para su evite y mitigación es previsible”
DESARROLLO
Y PLANIFICACIÓN DE LAS
ACTIVIDADES
AGRÍCOLAS Y ALIMENTARIAS POR PARTE
DEL
ESTADO
El Estado en los
últimos quince años ha implementado muy buenas políticas públicas agrícolas,
solo es que no han sido bien implementadas, porque carecemos de capacidad de
ejecución, se necesita la participación
de los distintos sectores de la vida nacional y hacer un esfuerzo con la
finalidad de analizar en forma conjunta el desarrollo de la producción agrícola
para superar la vulnerabilidad de la dependencia alimentaria.
PLAN DE LA
PATRIA
Los fines y
beneficios de la puesta en marcha del
Plan de la Patria
(2013-2019) es para la consolidación de un incuestionable estado Social de
Derecho y de Justicia, para así convertir a Venezuela en un país potencia en lo social, lo económico y
lo político; contribuir al desarrollo de una nueva geopolítica internacional en la cual tome
cuerpo mundo multicéntrico y pluripolar; y contribuir con la preservación de la vida en el planeta y la
salvación de la especie humana.
El quinto y gran objetivo histórico, es como un
llamado de conciencia a sumar esfuerzos e impulsar a la consolidación de un
movimiento de carácter mundial para defender y proteger del cambio climático
los recursos naturales, del patrimonio venezolano, hacia la construcción del modelo económico productivo
eco-socialista respetando los procesos y ciclos de la naturaleza
DESARROLLO
Y PLANIFICACIÓN DE LAS
ACTIVIDADES
AGRÍCOLAS Y ALIMENTARIAS POR PARTE
DEL ESTADO
El Estado en los últimos quince años ha implementado
muy buenas políticas públicas agrícolas, solo es que no han sido bien
implementadas, porque carecemos de capacidad de ejecución, se necesita la participación de los distintos sectores
de la vida nacional y hacer un esfuerzo con la finalidad de analizar en forma
conjunta el desarrollo de la producción agrícola para superar la vulnerabilidad
de la dependencia alimentaria
DERECHO COMUNITARIO
El derecho comunitario es un Ordenamiento jurídico
que se integra en el sistema jurídico de los Estados miembros, que se impone a
sus órganos jurisdiccionales, que tiene su origen en una transferencia de
competencias de los Estados a favor de la Comunidad y cuyos destinatarios son tanto los
Estados miembros como los particulares, se diferencia del Derecho Internacional
en dos puntos importantes: En primer lugar, el Derecho Internacional clásico es
un derecho de cooperación, mientras que el ordenamiento comunitario es un
derecho de integración. Además, el Derecho Internacional es básicamente un derecho
de carácter convencional, mientras que el Derecho Comunitario, aunque tiene su
origen en los Tratados fundacionales, es desarrollado a través de la actividad
normativa de sus instituciones que ejercen una verdadera potestad legislativa
que da lugar al Derecho Comunitario derivado. Venezuela con respecto a los
tratados de integración económica y regional, asumió una posición bien clara
tal como se desprende de la lectura de los artículos 152, 153 y 154 del Texto
Constitucional, ciertamente de la lectura de esas normas se desprende que
existe un reconocimiento expreso a nivel constitucional de la creación de
órganos supranacionales, a los cuales se les atribuyen competencias que el
propio Texto Constitucional reserva a los Poderes Públicos, a los fines de dar
acogida al Derecho Comunitario, en el que se fijan los poderes, funciones,
derechos y obligaciones de los sujetos a los que se aplica ese ordenamiento y
en el que también se determinan las acciones que los mismos pueden ejercer en
caso de una violación a una norma comunitaria. Venezuela fue parte integrante
de la llamada Comunidad Andina desde 1973, hasta el año 2006.
SISTEMAS DE INTEGRACIÓN Y EL DERECHO COMUNITARIO EN EL
ESTADO VENEZOLANO.
La palabra
integrar significa unir las partes que constituyen un todo. De ella se deriva
la integración, que significa la organización de los elementos de un sistema de
manera que sean partes articuladas de una totalidad la integración económica,
es una vía para superar las condiciones subdesarrolladas de los países
latinoamericanos, se considera como un proceso a través del cual los mercados
de dos o mas países, previamente separados se unen para formar un nuevo espacio
y constituir un espacio común.
Venezuela por
muchos años ha tratado de llevar una buena relación y lograr buenas políticas
económicas con los países de América Latina, por ello actualmente pertenece a
un grupo de organismo que le permiten llevar a cabo una buena participación y
cooperación para lograr consolidar un bloque económico. Entre esos organismos
que le permiten a Venezuela lograr una sólida integración tenemos:
* Sistema
Económico Latinoamericano (SELA)
El Sistema
Económico Latinoamericano y del Caribe (SELA) es un organismo regional
intergubernamental, con sede en Caracas, Venezuela, integrado por 27 países de
América Latina y el Caribe. Creado el 17 de octubre de 1975 mediante el
Convenio Constitutivo de Panamá, el SELA está actualmente integrado por:
Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica,
Cuba, Chile, Ecuador, Granada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica,
México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam,
Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela es uno de los cuatro organismos de
unidad latinoamericana.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Breña S., Roberto (2000). El Principio de Subsidiariedad y la Construcción de una Europa Social (en línea), México, Colegio de México (citado el 4 de abril de 2010), Foro Internacional, No. 161, formato .pdf, disponible en: http://revistas.colmex.mx/revistas/7/art_7_903_6176.pdf .
Cabanellas de Torres, Guillermo (2006). Diccionario Jurídico Elemental, Editorial Heliasta, Argentina.
Camargo, Pedro Pablo (1983). Tratado de Derecho Internacional, Tomo I, Editorial Temis, Bogotá, Colombia.
www.Monografía.com
www.alternativabolivariana.org
www.Ftaa-alca.org
www.entorno
empresarial.com
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