sábado, 28 de junio de 2014




ENSAYO FINAL

LO AGRARIO, LO AGRÍCOLA Y LO AGROALIMENTARIO

Lo Agrícola lo agrario y lo Agroalimentario tienen que estar relacionados entre si, pero hay productos agrícolas que no forman parte o no son agroalimentarios, tal como es el caso de los productos agrícolas estrictamente los procedentes de la explotación forestal. El Estado venezolano ha implementando una serie de estrategias (principalmente de cooperación) para poder sentar las bases hacia la seguridad y soberanía alimentaria, implementando políticas agrícolas como la desconcentración de las tierras, el surgimiento de una base social organizada como son: Consejo Campesino, consejos comunales, comunas, asociaciones de productores, frente de campesinos, cooperativas y otras. Teniendo en cuenta los legados fundamentales del Comandante Hugo Rafael Chávez Frías, principalmente alcanzar nuestra soberanía agroalimentaria en la preservación de la vida en el planeta y la salvación de la especie humana como forma por excelencia de nuestra independencia nacional, convertir a Venezuela en un país potencia en lo social y en lo económico tal cual como esta establecido en el Plan de la Patria. Es necesario aclarar que el sector agroalimentario no escapa a las leyes de mercado, es decir, las actividades organizacionales del sector deben obtener eficiencia y el incremento de la productividad para garantizar con ello un margen de ganancia que le permita subsistir y mejorar sus operaciones. No quiero decir con esto que la finalidad del sector se limite a la producción de grandes beneficios financieros, sino por el contrario, la eficiencia de las actividades agroalimentarias de un país puede traducirse en el bienestar social a través del acceso oportuno y equitativo de alimentos para toda la población de manera sustentable.
  

DESARROLLO SUSTENTABLE

Entendemos por desarrollo sustentable a un proceso de crecimiento de la Humanidad con la mira puesta en el cuidado y la protección del medio ambiente. La noción de desarrollo sustentable es muy reciente: surgió a fines del siglo XX como el resultado de proyectos y exposiciones internacionales que analizaban el desgaste y el abuso que el ser humano con su crecimiento económico, tecnológico y social ha generado a lo largo del tiempo sobre el medio ambiente. Así, surge este concepto novedoso que supone el poder mantener niveles de crecimiento y desarrollo que beneficien a las diferentes regiones del globo pero que no impliquen continuar con ese abuso medioambiental sino que, por el contrario, se basen en el uso de energías renovables, en el reciclado de materiales que puedan ser reutilizables,

LA CARTA DE LA NATURALEZA

En este documento están proclamados los principios de conservación a través de los cuales se debe guiar y juzgar todo acto del hombre que afecte a la naturaleza.
No puedo dejar de mencionar la siguiente frase, la cual nos deja reflejado que debemos tomar conciencia sobre la necesidad de proteger y cuidar el ambiente.

“El cambio climático es ineludible pero la preparación humana para su evite y mitigación es previsible”

DESARROLLO Y PLANIFICACIÓN DE LAS
ACTIVIDADES AGRÍCOLAS Y ALIMENTARIAS POR PARTE
DEL ESTADO

El Estado en los últimos quince años ha implementado muy buenas políticas públicas agrícolas, solo es que no han sido bien implementadas, porque carecemos de capacidad de ejecución, se necesita   la participación de los distintos sectores de la vida nacional y hacer un esfuerzo con la finalidad de analizar en forma conjunta el desarrollo de la producción agrícola para superar la vulnerabilidad de la dependencia alimentaria.

PLAN DE LA PATRIA

Los  fines y beneficios de  la puesta en marcha del Plan de la Patria (2013-2019) es para la consolidación de un incuestionable estado Social de Derecho y de Justicia, para así convertir a Venezuela en  un país potencia en lo social, lo económico y lo político; contribuir al desarrollo de una nueva  geopolítica internacional en la cual tome cuerpo mundo multicéntrico y pluripolar; y contribuir con  la preservación de la vida en el planeta y la salvación de la especie humana.
El quinto y gran objetivo histórico, es como un llamado de conciencia a sumar esfuerzos e impulsar a la consolidación de un movimiento de carácter mundial para defender y proteger del cambio climático los recursos naturales, del patrimonio venezolano, hacia la construcción  del modelo económico productivo eco-socialista respetando los procesos y ciclos de la naturaleza

DESARROLLO Y PLANIFICACIÓN DE LAS
ACTIVIDADES AGRÍCOLAS Y ALIMENTARIAS POR PARTE
DEL ESTADO
El Estado en los últimos quince años ha implementado muy buenas políticas públicas agrícolas, solo es que no han sido bien implementadas, porque carecemos de capacidad de ejecución, se necesita   la participación de los distintos sectores de la vida nacional y hacer un esfuerzo con la finalidad de analizar en forma conjunta el desarrollo de la producción agrícola para superar la vulnerabilidad de la dependencia alimentaria

DERECHO COMUNITARIO

El derecho comunitario es un Ordenamiento jurídico que se integra en el sistema jurídico de los Estados miembros, que se impone a sus órganos jurisdiccionales, que tiene su origen en una transferencia de competencias de los Estados a favor de la Comunidad y cuyos destinatarios son tanto los Estados miembros como los particulares, se diferencia del Derecho Internacional en dos puntos importantes: En primer lugar, el Derecho Internacional clásico es un derecho de cooperación, mientras que el ordenamiento comunitario es un derecho de integración. Además, el Derecho Internacional es básicamente un derecho de carácter convencional, mientras que el Derecho Comunitario, aunque tiene su origen en los Tratados fundacionales, es desarrollado a través de la actividad normativa de sus instituciones que ejercen una verdadera potestad legislativa que da lugar al Derecho Comunitario derivado. Venezuela con respecto a los tratados de integración económica y regional, asumió una posición bien clara tal como se desprende de la lectura de los artículos 152, 153 y 154 del Texto Constitucional, ciertamente de la lectura de esas normas se desprende que existe un reconocimiento expreso a nivel constitucional de la creación de órganos supranacionales, a los cuales se les atribuyen competencias que el propio Texto Constitucional reserva a los Poderes Públicos, a los fines de dar acogida al Derecho Comunitario, en el que se fijan los poderes, funciones, derechos y obligaciones de los sujetos a los que se aplica ese ordenamiento y en el que también se determinan las acciones que los mismos pueden ejercer en caso de una violación a una norma comunitaria. Venezuela fue parte integrante de la llamada Comunidad Andina desde 1973, hasta el año 2006.

SISTEMAS DE INTEGRACIÓN Y EL DERECHO COMUNITARIO EN EL ESTADO VENEZOLANO.
La palabra integrar significa unir las partes que constituyen un todo. De ella se deriva la integración, que significa la organización de los elementos de un sistema de manera que sean partes articuladas de una totalidad la integración económica, es una vía para superar las condiciones subdesarrolladas de los países latinoamericanos, se considera como un proceso a través del cual los mercados de dos o mas países, previamente separados se unen para formar un nuevo espacio y constituir un espacio común.
Venezuela por muchos años ha tratado de llevar una buena relación y lograr buenas políticas económicas con los países de América Latina, por ello actualmente pertenece a un grupo de organismo que le permiten llevar a cabo una buena participación y cooperación para lograr consolidar un bloque económico. Entre esos organismos que le permiten a Venezuela lograr una sólida integración tenemos:
* Sistema Económico Latinoamericano (SELA)
El Sistema Económico Latinoamericano y del Caribe (SELA) es un organismo regional intergubernamental, con sede en Caracas, Venezuela, integrado por 27 países de América Latina y el Caribe. Creado el 17 de octubre de 1975 mediante el Convenio Constitutivo de Panamá, el SELA está actualmente integrado por: Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, Granada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela es uno de los cuatro organismos de unidad latinoamericana.


REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Breña S., Roberto (2000). El Principio de Subsidiariedad y la Construcción de una Europa Social (en línea), México, Colegio de México (citado el 4 de abril de 2010), Foro Internacional, No. 161, formato .pdf, disponible en: http://revistas.colmex.mx/revistas/7/art_7_903_6176.pdf .
Cabanellas de Torres, Guillermo (2006). Diccionario Jurídico Elemental, Editorial Heliasta, Argentina.
Camargo, Pedro Pablo (1983). Tratado de Derecho Internacional, Tomo I, Editorial Temis, Bogotá, Colombia.
 www.Monografía.com
www.alternativabolivariana.org
www.Ftaa-alca.org

www.entorno empresarial.com

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