
De
los Llanos Occidentales
“Ezequiel
Zamora”
Barinas
Estado Barinas
Especialización en Derecho Agrario y
Ambiental
ARQUIMEDES JOSE CARDONA ARRIECHI
EL LATIFUNDIO UNA
ESTRUCTURA AGRARIA CONTRARIA A LA SEGURIDAD ALIMENTARIA
La seguridad alimentaría
tiene que ver con todas aquellas condiciones generales, que en el orden
económico, político social deben concretarse para garantizarle a toda la
población, el acceso a una adecuada y racional ingesta alimentaría.
En tal sentido es un deber inalienable
del Estado Venezolano proporcionar a todos los miembros que conforman su
sociedad, de manera oportuna, sostenida y segura, los alimentos
nutricionalmente adecuados en cantidad y calidad, variedad y aceptación cultural. Así lo disponen los
artículos 305, 306 y 307 de la Constitución, e igualmente lo señala Jesús
Cepeda V en su obra titulada Aportes para la Discusión sobre la seguridad y
soberanía alimentaria.
En cuanto al latifundio se debe hacer
referencia a las siguientes definiciones para entender porque es contraria a la
seguridad alimentaria y al interés social:.




EL LATIFUNDIO
COMO SISTEMA ECONOMICO





La plantación
colonial, como unidad de producción esclavista que produce
para el mercado exterior regido por las leyes del capitalismo.
Latifundio ganadero: Propiedad territorial en las comarcas llaneras, caracterizada por el monopolio de la tierra, mano de obra regida fundamentalmente por relaciones de servidumbre, a veces de esclavitud, (“sobre mi caballo yo y sobre yo mi sobrero”) y el desarrollo de actividades ganaderas que en lo general no pasaban de la fase pastoril-recolectora.
Latifundio eclesiástico: Producto del incremento de la propiedad territorial originada por mercedes, donaciones y composiciones, a través del préstamo de dinero a censo.
Latifundio ganadero: Propiedad territorial en las comarcas llaneras, caracterizada por el monopolio de la tierra, mano de obra regida fundamentalmente por relaciones de servidumbre, a veces de esclavitud, (“sobre mi caballo yo y sobre yo mi sobrero”) y el desarrollo de actividades ganaderas que en lo general no pasaban de la fase pastoril-recolectora.
Latifundio eclesiástico: Producto del incremento de la propiedad territorial originada por mercedes, donaciones y composiciones, a través del préstamo de dinero a censo.
DEL LATIFUNDIO COLONIAL AL LATIFUNDIO REPUBLICANO
•
El latifundio colonial se prolonga en el siglo XIX en
base a la incoporación a sus dominios de tierras comunales indígenas, tierras
baldías nacionales, tierras municipales y expropiación de pequeños y medianos
productores rurales. (F. Brito Figueroa)
•
Procesos:
Partición de resguardos, desafectación de ejidos, ocupación de baldios.
•
Leyes de enajenación de tierras baldías: 11 de octubre
de 1821. Decretos de 1823 y 1826. Ley del 11 de octubre de 1826. Ley del 10 de
abril de 1849.
EL LATIFUNDIO PETROLERO
•
A partir de la enajenación de baldios y ejidos el
latifundio se incrementa a favor del clan Gómez, altos personeros del gobierno
y compañías petroleras.
•
1941: el 4,4% de los propietarios
rurales controla 2.705.888 hs., el 95,6
% controla 731.795.
•
El 89,4% del campesinado carece de tierras y paga
renta.
•
El 73 % de las tierras aptas no estaban cultivadas.
•
El 20 % de los fundos estaba hipotecado al BAP.
•
Población total del país: 3.850.771 hab. Población
rural: 2.272.786 hab.



LATIFUNDIO GOMECISTA
La magnitud
del latifundio gomecista es todavía desconocida porque hay que incluir los
bienes del dictador, de su familia y de sus allegados al gobierno. Para una
aproximación es válido observar que los bienes de Gómez a su muerte ascendían a
126.562.042 bolívares. (FBF)
CONCLUSION
•
El problema no es sólo jurídico, técnico, económico y
social. Para ser integral tiene que actuar sobre la mentalidad agraria y la
cultura rural de la comunidad nacional venezolana.
•
Agentes y factores: el productor-la tierra-los
insumos- el agua- el capital-la tecnología-el mercado-el consumidor
•
La cultura organizacional y el funcionamiento óptimo
de las Unidades de Producción
Agrícola. La noción de Finca
Productiva.
•
Para garantizar la seguridad alimentaria necesario es
eliminar el latifundio en todas sus expresiones y clases.
Referencias
Bibliográficas
ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
(1999). Constitución de la Republica
Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de
Venezuela Nº. 5.453 Extraordinario, de fecha 24 de Marzo de 2000. Caracas-
Venezuela.
Aportes para la Discusión sobre la
seguridad y soberanía alimentaria. Jesús Cepeda V.
World
Wide Web: http://iiaej.tsj.gob.ve/educacion.
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