martes, 15 de julio de 2014

DERECHO CONSTITUCIONAL AGRARIO



ANÁLISIS SOBRE LA DISCUSIÓN DE LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE SOBRE LOS ARTÍCULOS 305 Y 306 DE LA CRBV

3 comentarios:

  1. ANÁLISIS SOBRE LA DISCUSIÓN DE LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE SOBRE LOS ARTÍCULOS 305 Y 306 DE LA CRBV.
    Las condiciones objetivas y subjetivas que caracterizaban el momento histórico en el que se comenzó a gestar el proceso de cambio social que hoy tiene lugar en Venezuela, en este sentido, sin olvidar la composición socio-política de la asamblea nacional constituyente, la CRBV de 1999 expresa, una cosmovisión progresista que permitió abrir las puertas del largo camino que conduce hacia una nueva sociedad profundamente democrática y que tienen su máxima expresión en el socialismo bolivariano.

    Concretamente este nuevo momento del proceso constituyente se expreso en el articulado que refiere a la realidad agraria nacional y en la política que procuró su urgente transformación. Así, si recapitulamos la discusión que se dio en el seno de la asamblea nacional constituyente de 1999 sobre los artículos 305, 306 y analizamos su contenido, concluiremos que en ellos aún quedaron plasmados, como fundamentos de la política agraria, principios característicos del paradigma productivista, el cual coloca la producción por encima del hombre, convirtiendo a este último en un apéndice más del proceso productivo.

    Estas rémoras nos obligan a revisar cuidadosamente la propuesta de reforma de los artículos 305 y 306 de la CRBV que en este momento se debate. Como ejemplo, en los dos primeros párrafos del articulo 305 propuesto permanecen intactos los fundamentos de la clásica reforma agraria y solo aparece como un agregado o complemento lo que debe ser parte de la esencia, que es lo referente al rol protagónico, y las potestades derivadas de este, que tiene el Estado Nacional en la estructuración del agro-socialismo bolivariano.


    por Pedro Montilla.

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  2. Continuación:
    Después de estas breves, pero interesantes observaciones, proponemos que queden clara y enfáticamente establecidos, en el artículo 305 de la propuesta de reforma, tres de los aspectos conceptuales que definirán la nueva política agraria nacional, la cual debe tener como horizonte estratégico la consecución del agro-socialismo bolivariano. Estos aspectos están referidos, en primer lugar, a las características agro-climáticas y socio-cultural del trópico, el cual concibe a la vez un patrón de consumo particular de esta región; en segundo lugar, al concepto de soberanía agro-alimentaria, y en tercer lugar, están los principios sobre los cuales se erige la agro-ecología como base del desarrollo rural integral. En suma estos tres aspectos son parte fundamental de la definición del agro-socialismo bolivariano, por ello proponemos sean incorporados explícitamente como esencia en la redacción del artículo mencionado y como ejes estratégicos de la nueva política agraria nacional.
    Finalmente, a continuación se presenta la propuesta final contentiva de los cambios sugeridos para la reforma de los artículos 305 y 306 de la CRVB:
    Artículo 305: “El Estado socialista promoverá la agro-ecología como base estratégica del desarrollo rural integrar y de la soberanía agro-alimentaria de la población, a efectos de construir una nueva realidad agraria nacional sustentada en los fundamentos del socialismo bolivariano; La soberanía agro-alimentaria se alcanzará desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la proveniente de la agricultura tropical en los subsectores agrícola vegetal, animal, pesquero y acuícola. La producción agro-alimentaria es de interés nacional y fundamental para el desarrollo integral de la Nación. A tales fines, el Estado dictará las medidas de orden financiero, comercial, transferencia tecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura y otras que fueren necesarias para alcanzar niveles estratégicos de autoabastecimiento en el marco de una economía socialista. Igualmente, el Estado promoverá la capacitación, formación y organización socio-política de los campesinos o campesinas y demás productores agropecuarios y productoras agropecuarias, para su progresivo empoderamiento en la planificación, dirección, ejecución y control de la política agraria nacional. Además, promoverá las acciones en el marco de la economía nacional e internacional para compensar las desventajas propias de la actividad agrícola.

    por Pedro Montilla

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  3. III Parte.
    El Estado protegerá los asentamientos y comunidades de pescadores o pescadoras artesanales, así como sus caladeros de pesca en aguas continentales y los próximos a la línea de costa definidos en la ley. Para garantizar la soberanía agro-alimentaria, la República podrá asumir sectores de la producción agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola indispensable a tal efecto, y podrá transferir su ejercicio a entes autónomos, empresas públicas y organizaciones sociales, cooperativas o comunitarias, así como utilizar a plenitud las potestades de expropiación, afectación y ocupación en los términos de esta Constitución y la ley”.

    El Estado dictara las medidas jurídicas, económicas, sociales y otras que fueren necesarias a fin de garantizar la ordenación sustentable de las tierras de vocación agrícola para asegurar su potencial agroalimentario. La ley creará tributos sobre las tierras productivas que no sean empleadas para la producción agrícola o pecuaria.
    Excepcionalmente se crearán contribuciones parafiscales cuya recaudación se destinará para financiamiento, investigación, asistencia técnica, transferencia tecnológica y otras actividades que promuevan la productividad y el rendimiento del sector agrícola. La ley regulará lo conducente a esta materia. Se confiscarán aquellos fundos cuyos dueños ejecuten en ellos actos irreparables de destrucción ambiental, los dediquen a la producción de sustancias psicotrópicas o estupefacientes o la trata de personas, o los utilicen o permitan su utilización como espacios para la comisión de delitos contra la seguridad y defensa de la Nación”.
    por pedro Montilla

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