viernes, 18 de julio de 2014

SEMINARIO DERECHO CONSTITUCIONAL AGRARIO
Derecho Colectivo o difusos se entiende por derechos colectivos o difusos,  todos aquellos derechos e intereses destinados o identificados a quienes la pretendan,los ejersan como sujetos de un grupo indeterminado y cuya finalidad o proposito  de quienes acuden ante los organismos jurisdiccionales invocando la tutela real y efectiva  de cualquier derecho vulnerado es el resultado de esa pretensión, que no es mas que la restitucion de los derechos  colectivos y difusos, Estos derechos no tienen un sujeto individualmente identificado, sinoque estan dirigidos u orientados a varios o muchos sujetos los tienen, es un interés jurídico en cabeza de varias personas o sujetos de derechos, para que ejercido, adecuadamente, se obtenga una protección o resguardo a ese igual númeroindeterminado de personas o sujetos que se encuentran en similar situación..El derecho o interés difuso se refiere a un bien que atañe a todo el mundo, a personas que en principio no conforman un sector poblacional identificable e individualizado, sino que es un bien asumido por los ciudadanos (pluralidad de sujetos), que sin vínculo jurídico entre ellos, se ven lesionados o amenazados de lesión. Ello se fundamenta en hechos genéricos, contingentes, accidentales o mutantesque afectan a un número indeterminado de personas y que emanan de sujetos que deben una prestación genérica o indeterminada. cuando estamos en presencia de daños al medio ambiente  tales como contaminacion ambiental daños al recurso AGUA ,AIRE , a la vivienda a la salud  alli se encuentran en juego los derechos difusos  y tienden a confundirse con los derechos colectivos  cuya diferencia  es minima y los mismos estan contenidos y plasmados en el articulo 26 de nuestra constitucion nacional.
EL DERECHO AL AMBIENTE Y DERECHO AL CULTO,son derechos adquiridos y consagrados en nuestra  constitucion nacional y los mismos no se encuentran determinados en jerarquia o en grados  o en categorias sin embargo debido a la importancia  o a las necesidades de la poblacion  nos encontramos con una realidad la cual nos indica que el derecho ambiental  tiene muchas interpretaciones en la colectividad en ganeral no solo se debe ver como lo relativo a la materia ambiental propiamente dicha es decir  con la naturalesa  sino que va mas alla tambien abarca con todo nuestro entorno todo lo que nos rodea ,siendo mas especifico lo que tiene que ver con nuestra familia de alli podemos deducir  que derecho ambiental esta situado o ubicado en un lugar preponderante a la hora de determinar cual derecho esta por encima del otro o simplemente tiene mayor relevancia debido a que se trata de un deber fundamental en la vida o en el mejor desenvolvimiento  de las personas  en sociedad  en cambio el derecho al culto es potestativo en la sociedad hay muchas personas que practican una creencia o un culto ,pero en cambio todo ser humano necesita buen ambiente  o un buen entorno dependiendo con la optica que lo analisemos.                                  En toda sociedad se requiere un buen ambiente y es fundamental  pero no toda sociedad practica un culto o una creencia  sin embargo nuestra constitucion  otorga a estos derechos  o en el mejor de los casos a toda persona o a todo ciudadano sin restriccion de ninguna naturalesa  igualdad de esos derechos , pero le corresponde al hombre establecer el grado de importancia de los mismos .De igual forma podemos apreciar en nuestro pais la inmensa cantidad  de leyes que existen con el unico proposito de preservar  la materia ambiental y todo lo relacionado  con la preservacion de la vida en el planeta .                                                             VENEZUELA se ha convertido a nivel mundial en defensor del medio ambiente y ha sido promotor de foros y conferencias con el unico proposito de defender y garantisar  un desarrollo sustentable que garantise un medio ambiente  o mejores condiciones de vida  que no ponga en riesgo las generaciones futuras , por todas estas razones convincentes nos llevan a determinar que el derecho al ambiente esta por encima del derecho al culto .                            LA ACCION CONSTITUCIONAL DE UN DERECHO DIFUSO  procede cuando esta en riesgo un derecho  o los derechos  colectivos  tales como derecho a un ambiente sano , al agua potable  a la vivienda  a la educacion , pero se requiere interponer la accion por ante la instancia que corresponde, se deben llenar los requisitos minimos requeridos, los derechos difusos es una figura nueva en nuestra legislacion  El legislador previendo la ambiguedad que existia en cuanto a los derechos colectivos de la constitucion del año de 1961 con motivo de las facultades otorgadas en la constituyente del año de 1999  alli fueron incluidos con todas las garantias y la fuerza y rango constitucional que garantise el efectivo cumplimiento de los mismos .Nuestro legislador venezolano siendo previsivo,y garantistalo plasmo en nuestra carta magna en los siguientes terminos o de la siguiente manera.   Artículo 26: Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia parahacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.
El Estado garantizará una justiciagratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.                                                                                                      El articulo antes mencionado no es restrictivo ni limitativo sino que da la oportunidad a toda persona a ejercer la defensa de sus derechos asi mismo el legislador otorga una serie de particularidades o caracteristicas de lo que debe ser de obligatorio cumplimiento  en el acceso a una justicia sin limitaciones o parcialidades  asi mismo no debe estar sujeta a condiciones y en consecuencia debe ser independiente y autonoma ,Y en virtud de que estas caracteristicas estan plasmadas en nuestra constitucion consideramos ,que nuestra legislacion y nuestro sistema de justicia venezolano es de primer orden. En consecuencia la accion constitucional de un DERECHO DIFUSO siempre se debe intentar por ante cualquier tribunal de la republica  cuando exista riesgo de la violacion de nuestros derechos ,cuando no se nos permita el acceso a la justicia  cuando no haya respuesta ,cuando no se juzga por los jueces correspondientes ,sin ningun tipo de limitaciones y condiciones etc                                                                   gracias muchas graciasssssss
        

2 comentarios:

  1. DERECHO O INTERES DIFUSO:
    Se refiere a un bien que ataña a todo el mundo. Esto es a personas que en principio no conforman un sector poblacional identificable e individualizado y que sin vinculo jurídico entre ellos se ven lesionado o amenazado que afecta a un número indeterminado de personas y que emanan de sujetos que deben una prestación genérica o indeterminada, en cuanto a los posibles beneficiarios de la actividad de la cual deriva tal asistencia como ocurre en el caso de los derechos positivos como el derecho a la salud a la educación o a la obtención de una vivienda digna, protegido por la constitución y por el pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales.
    Derecho Difusos, son aquellos intereses protegidos por una norma, que afectan directamente a los individuos de una colectividad y tienen carácter no excluyente, no conflictivo y no distributivo.

    DERECHO DE INTERES COLECTIVO:
    Están referidos a un sector poblacional determinado (aunque no cuantificado) e identificable, aunque individualmente dentro del conjunto de esas personas existen o pueden existir un vínculo jurídico que los une entre ellos, su lesión se localiza concretamente en un grupo determinable como tal, como seria los grupos profesionales, los grupos de vecinos, los gremios o los habitantes de un área determinada, estos derechos son aquellos intereses protegidos por una norma que afectan directamente a los individuos de una colectividad y tienen carácter excluyente, no conflictivo y no distributivo.
    La razón es que estos derechos se aplican a derechos fundamentales, como individuales, fundamentado constitucionalmente en los artículos 26, 62,83,96,111,118,119, 124 y 280 de nuestra carta magna, orientado al bien común estableciendo el conjunto de condiciones que permitan el disfrute de los derechos humanos y el cumplimiento de los deberes que le son conexos.
    COMO PROCEDE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL DE UN DERECHO DIFUSO:

    Procede a través de una acción de un amparo constitucional o una acción en específico, en aras de proteger los intereses en virtud de situaciones jurídicas infringidas por cumplimiento o desmejoras de los derechos fundamentales que atañen a todos y cuya acción puede ser intentada tanto por la defensoria del pueblo, dentro de sus atribuciones, como toda persona domiciliada en el país salvo las excepciones de ley

    DERECHO AL CULTO: Es un derecho de toda persona a ´profesar su fe religiosa y culto y al manifestar sus creencias en privado o en publico, mediante la enseñanza y otras practicas siempre que no se oponga a la moral y a la buenas costumbres y al orden publico ARTICULO 59 CRBV.

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  2. DERECHO AL AMBIENTE: Es un deber y un derecho de toda generación de proteger y mantener el ambiente en beneficio de si mismo y del mundo futuro y donde toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecologicamente equilibrado ARTICULO 127 DE LA CRBV

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